Conoce tus nuevas obligaciones

Novedades de la ley

¿Cuáles son los cambios más significativos de la transición?

  • Deber de realizar un Registro de Actividades.
  • Actualización de las Cláusulas informativas.
  • Principio de Responsabilidad proactiva de las entidades.
  • La ampliación del catálogo de derechos para los interesados.
  • Incorporación de la figura del Delegado de Protección de Datos.
  • Elaboración de una Evaluación de Impacto.
  • Códigos de Conducta para correcta aplicación normativa.
  • Deber de notificación de violaciones de seguridad a la APDA.

¿Me afecta a mi esta nueva normativa?

De acuerdo con el art. 2 LCPD, las entidades que realicen tratamientos de datos personales y tengan domicilio social en el Principado de Andorra, o bien estén constituidos de acuerdo con las leyes del principado, ostentarán la calidad de sujeto obligado.

Además, las entidades que no cumplan las características mencionadas en el párrafo anterior, pero realicen tratamientos de datos a través de medios ubicados en el territorio andorrano, serán sujetos obligados y tendrán la obligación de designar un Representante establecido en el territorio andorrano.

Si tu entidad está en alguno de estos casos, no dudes en pedir asesoramiento legal, puedes ser sancionado.

¿Tengo tiempo?

Si te encuentras en uno de los casos establecidos en el apartado anterior debes ser consciente de que la normativa entra en vigor el 17 de mayo, de 2022.

A partir de estos días, eres susceptible de ser sancionado por las autoridades competentes de Andorra.

¿Con qué importe me pueden sancionar?

La entrada en vigor de la ley 29/2021 LCPD, supone la incorporación del artículo 73, ha aumentado la cantidad de las sanciones que se aplicaban anteriormente, incorporando un nuevo catálogo de sanciones:

  • Leves: 500€ a 15.000€
  • Graves: 15.001€ a 30.000€
  • Muy Graves: 30.001€ a 100.000€

La actualización de la documentación en materia de protección de datos supone una obligación para las entidades andorranas, hacer caso omiso puede comportarte la imposición de sanciones. Si quieres poner remedio, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¿Nos dejas ayudarte?

¿Qué supone esta transición normativa?

La entrada en vigor de la Ley 29/2021 LCPD, supondrá la derogación de la antigua Ley 15/2003, de Protección de datos, y un proceso de armonización del Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales.

Además, supondrá la obligación por parte de multitud de entidades andorranas de actualizar la documentación de la que disponían.

VIGENCIA Y APLICABILIDAD DE LA LEY 29/2021, DE 28 DE OCTUBRE,
CALIFICADA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Nos encontramos ante una transición normativa en el ámbito de la Protección de los Datos Personales en Andorra. En este sentido, el próximo 17 de mayo de 2022 entra en vigor la Ley 29/2021, Cualificada de Protección de Datos Personales (LCPD), armonizando el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esto datos (RGPD), y conlleva la derogación de la antigua Ley 15/2003, de 19 de diciembre, Cualificada de Protección de Datos.

Esta evolución normativa, conlleva una obligación de los sujetos obligados por la misma, a realizar una actualización de la documentación, que hasta la fecha incorporaban en materia de Protección de Datos Personales.

¿NECESITAS ASESORAMIENTO?

Escríbenos un mensaje con tu consulta y te contestaremos en la mayor brevedad posible. Si lo prefieres, también puede contactar con nosotros por teléfono o correo electrónico.

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