CASS: Caja Andorrana de la Seguridad Social
La Caja Andorrana de la Seguridad Social (CASS) es el organismo andorrano encargado de la previsión social. El régimen organizativo y de funcionamiento de la CASS se define en la ley 17/2008, de 3 de octubre.
Dicha entidad está sometida a la Ley general de las finanzas públicas, pero con personalidad jurídica propia. Sus principales funciones son:
- Formalizar las inscripciones, las afiliaciones, las altas y bajas, así como las variaciones de datos
- Percibir las cotizaciones sociales
- Hacer efectivas las prestaciones
- Inspeccionar y controlar las contingencias que le afecten
- Gestionar la recaudación de sumas debidas y aplicar las correspondientes sanciones
- Aplicar las normas técnicas y administrativas de desarrollo de convenios internacionales en la materia.
Todo residente que trabaje en Andorra debe cotizar en la Cass, pero solo tienen obligaciones directas ante ella los empresarios y los trabajadores por cuenta ajena. Los asalariados deben cotizar en la Cass, pero son los empresarios quien lo declaran.
Asalariados:
El empresario tiene la obligación de afiliar a las personas asalariadas y asimiladas a cada empresa donde trabajen. Lo tiene que hacer durante los 7 días previos al inicio de la relación laboral, máximo el mismo día del inicio. Su cotización a la CASS deberá ser del 6,5% del salario bruto, que será la cotización que se repercutirá a la nómina del trabajador. Por otra parte, la empresa deberá cotizar un 15,5% para llegar así al 22% que exige la ley.
Parte asalariada | Parte empresarial | Total | ||||
General | Jubilación | Total parte asalariada | General | Jubilación | Total parte empresarial | |
3% | 3,5% | 6,5% | 7% | 8,5% | 15,5% | 22% |
Es importante tener en cuenta que la cotización a la Cass se hace sobre el salario bruto del trabajador y no sobre el neto. Es decir, la base de cotización es el salario global, así como las indemnizaciones y las otras remuneraciones que se tenga derecho a percibir.
En la cotización de personas asalariadas se distingue una aportación del empresario y una aportación del trabajador.
El dinero de cotización a la CASS, tal y como vemos en el cuadro explicativo, se emplea en cotizar el 3% para prestaciones generales, y el 3,5% para la jubilación.
Autónomos:
La ley 9/2019, de 7 de febrero, ha modificado la base de cotización que se venía aplicando hasta ahora. Ésta se calcula aplicando el salario medio mensual cotizando por el conjunto de asalariados del año anterior.
Cada año se publican unas estadísticas que nos informan de los salarios medios del país y en base a esa cifra, los autónomos han de cotizar un % en la CASS.
Este año 2021 la base de cotización de un autónomo se ha fijado en 2081,26€ sobre los cuales se aplicarán los porcentajes antes señalados. La cotización de los autónomos será de un 22% total:
Base de cotización global | Rama General ( 10%) | Rama Jubilación (12%) | Cuota |
2081,26€ | 208,13€ | 249,75€ | 457,88€ |
No obstante, tenemos que señalar que aquellos autónomos que cumplan ciertos requisitos podrán pagar menos mensualmente.
Requisitos para pagar menos cuota :
Los trabajadores que realicen una actividad por cuenta propia tienen la obligación de cotizar desde el inicio hasta el final de la actividad económica. Tienen que cotizar de acuerdo con las nuevas bases de cotización previstas por la Ley 9/2019 de la Seguridad Social. Si se cumplen unos requisitos establecidos por dicha ley, se puede rebajar la cuota. Esta se calculan aplicando el salario global mensual cotizando por el conjunto de personas asalariadas a la CASS en el año natural inmediatamente anterior según los porcentajes siguientes:
- 25%: cotización de 114,47€ (artículo 101.2.a)
- 50%: cotización de 246,72€ (artículo 101.2.b)
- 62,5%: (artículo 101.2.c)
- 75%: (artículo 101.2.d)
- 125%: (artículo 101.2.e)
- 137,5%:(artículo 101.2.f)
- 100%: El resto de personas, quienes no se les aplican las características de cotización de los coeficientes anterior, cotizaran por el 100€ del salario mensual global cotizado en el año anterior.
Aqui puede encontrar la ley 9/2019.
Estos rangos se calculan del salario global mensual medio del año anterior (2.129, 44 euros/mensuales) y de acuerdo con los siguientes criterios:
- La renta neta que obtienen para ejercer su actividad empresarial o profesional y,
- La cifra de negocios vinculada a la actividad económica relacionada con servicios profesionales y empresariales o actividades comerciales. Tienen la consideración de actividades relacionadas con servicios profesionales y empresariales las que no sean comerciales. Son actividades comerciales las que constituyen en la entrega de bienes sin que estos bienes hayan sido objeto de transformación previa.
% base cotización | Base cotización | General | Jubilación | Total cotización |
100% | 2081,26€ | 208,13€ | 249,75€ | 457,88€ |
75% | 1560,94€ | 156,09€ | 187,31€ | 343,41€ |
50% | 1041,63€ | 104,10€ | 124,99€ | 246,72€ |
25% | 520,31€ | 52,03€ | 62,43€ | 114,47€ |
Si tenéis alguna duda al cubrirlo, en la rebaja de cotización o los requisitos para su aprobación, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
Otros casos: deportistas remunerados
Los deportistas remunerados cotizan en la CASS, en base a la retribución que perciben de la entidad deportiva a la que pertenezcan, incluyendo las prestaciones en especie. Las becas y ayudas se consideran remuneración, pero los premios percibidos no.
No dude en contactar con Andorra Tarinas, en caso de necesitar ayuda. Nuestro equipo de profesionales le asesorará.